agencia aduanal
PROCESO ADUANAL
Conoce los 5 pasos del despacho aduanero
El despacho aduanero es el
conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías
del territorio nacional, fundamentado en el artículo 35 de la Ley
Aduanera, que deben realizarse ante la aduana y que involucran a
consignatarios, tenedores en las importaciones y remitentes en las
exportaciones.
Por ejemplo, cuando una
mercancía aterriza en México, llega a almacenes fiscalizados que sirve para
almacenar todo lo que está en trámite de importación y esperar su despacho
aduanero. Es decir, las mercancías llegan a este almacén no se han
introducido formalmente en el país, sino que son resguardadas.
Pasos del despacho aduanero
Liberación de guías ante
líneas aéreas.
Se refiere al conocimiento
de embarque o guía aérea, el documento que describe quién manda, a quién envía,
peso, qué es y todos los detalles de lo que se desea importar.
Revisión física de la
mercancía.
En el almacén se verifica
detenidamente que las cosas declaradas son las que realmente sean las enviadas.
Se trata de cotejar la información en cuanto a características y cantidad
importada, no se puede traer mercancías de más ni menos.
PRINCIPALES FUNCIONES DURANTE EL PROCESO DE DESPACHO ADUANAL
Si alguna persona física o moral importa o exporta cualquier tipo de mercancía, deberá contratar a un Agente Aduanal, quien será responsable junto con el contratante de la veracidad y exactitud de los datos e información suministrados en el pedimento, de la determinación del régimen aduanero de las mercancías, de la correcta clasificación arancelaria, del pago de contribuciones al comercio exterior, así como de asegurarse que el importador / exportador cuente con los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones que en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias rijan para dichas mercancías.
A) ELABORACIÓN DEL PEDIMENTO
El pedimento es un documento fiscal elaborado en un formato aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dicho formato es dinámico, conformado por bloques en los cuales los importadores, exportadores y agente o apoderado aduanal, deberán únicamente imprimir los bloques correspondientes a la información que deba ser declarada como: la cantidad y tipo de mercancía, los datos que permitan la identificación de la mercancía, el origen, valor y base gravable, además el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, la aduana o sección aduanera de ingreso y la de despacho, el tipo de operación, el régimen aduanero, entre otros datos y documentos que deben de anexarse al citado pedimento. Este formato es presentado ante la aduana por conducto de agente o apoderado aduanal quienes actúan como consignatarios o mandatarios de los importadores y exportadores y es un documento aduanero de suma importancia en materia de comercio exterior, con el que se ampara la legal estancia y tenencia de las mercancías de procedencia extranjera en el país.
B) CLASIFICACION ARANCELARIA
Los encargados de realizar la clasificación son los agentes y apoderados aduanales, para ello el importador debe de proporcionarle la información necesaria sobre la identificación y cualidades de la mercancía para que estén en posibilidad de realizar una correcta clasificación, ya que de ello depende el pago del arancel y el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias. La clasificación arancelaria consiste en la ubicación de una determinada mercancía en la fracción que le corresponde dentro de la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y, se realiza aplicando las Notas Explicativas de la referida tarifa, así como de diversos criterios que existen sobre clasificación. En si todas las mercancías se encuentran clasificadas en esta tarifa, la cual tiene un orden sistemático, armonizado y codificado en la que cada mercancía es identificada con una serie de números que se leen de izquierda a derecha por pares. Identifican en ese orden al Capitulo, la Partida, la Subpartida y el Arancel, los primero seis son a nivel general (capítulo, partida y subpartida), es decir identifican a esa mercancías en todas las aduanas del mundo y los dos últimos (arancel), los asigna el país de que se trate a efecto de tasar los impuestos al comercio exterior.
C) PAGO DE CONTRIBUCIONES
De acuerdo al artículo 53 de la Ley Aduanera los agentes, sus mandatarios autorizados y los apoderados aduanales son responsables solidarios del pago de impuestos al comercio exterior y demás conceptos que se originen con motivo de las importaciones en cuyo despacho aduanero intervengan. Las contribuciones se determinan de acuerdo a la base gravable.
D) DETERMINACION DE REGIMENES ADUANEROS
Las mercancías que se introduzcan al territorio nacional, podrán ser destinadas a alguno de los regímenes aduaneros siguientes:
A. Importación definitiva.
B. Importación temporal: a) Para retornar al extranjero en el mismo estado. b) Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación.
C. Depósito Fiscal.
D. Tránsito de mercancías. a) Interno. b) Internacional.
E. Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
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http://aduanaldelvalle.mx/agencia-aduanal/
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